Artículo 1°.- Los denunciantes de defraudaciones, falta de pago de rentas, cobros indebidos a la Caja Fiscal o apropiación de bienes del Estado percibirán el 40% de premio sobre el monto líquido de lo que se llegase a cobrar por tal concepto. Un 5% se destinará en favor de la cala de los huérfanos de guerra del Chaco y el saldo restante ingresará como renta ordinaria al Tesoro Nacional.

Artículo 2°.- Las denuncias se presentarán ante la Comisión Fiscal Permanente, la que, previa sustanciación de juicio, dictará su fallo en el término improrrogable de 90 días. De dicho fallo, se podrá apelar, como último recurso, ante el Ministerio de Hacienda.

Artículo 3°.- Concluido el proceso y comprobada la denuncia, el Ministerio de Hacienda dictará el decreto de pago respectivo, previas las liquidaciones a que diera lugar.

Artículo 4°.- Quedan derogadas las disposiciones contrarias a la presente ley.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional. La Paz, 24 de octubre de 1938.
Renato A. Riverín.- J. Lijerón Rodríguez. Convencional Secretario.- R. Jordán Cuéllar, Convencional Secretario.
Por tanto, : la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los treintiún días del mes de octubre de mil novecientos treinta y ocho años.
Tcnl. G. Busch.- Vicente Mendoza López.
Es conforme:
H. del Villar A. Oficial Mayor de Hacienda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 31 de octubre de 1938
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPremio.- Establécese para los que denuncien defraudaciones al Estado
KeywordsLey, octubre/1938
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorRenato A. Riverín.- J. Lijerón Rodríguez. Convencional Secretario.- R. Jordán Cuéllar, Convencional Secretario. Tcnl. G. Busch.- Vicente Mendoza López. H. del Villar A. Oficial Mayor de Hacienda.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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