Artículo 1°.- Habiendo fallecido en el puerto de Arica (Chile) el día de hoy, el ciudadano José Luis Tejada Sorzano, ex -Presidente de la República, y siendo deber de justicia nacional rendir a su memoria honores especiales, se declara en duelo la República el 5 del mes en curso, con cierre de oficinas públicas y particulares, debiendo permanecer izada a media hasta la Bandera Nacional en todo el territorio.
Artículo 2°.- Los restos del eminente ciudadano serán velados en capilla ardiente en la Iglesia Catedral de esta ciudad, debiendo tributar al extinto los honores que corresponden al cargo de Presidente de la República.
Artículo 3°.- Una comisión compuesta de nueve Convencionales, uno por cada departamento, presidirá el duele, en representación del Poder Legislativo, debiendo en el acto del sepelio hacer uso de la palabra a nombre de la Nación un miembro de la Directiva de la H. Convención Nacional.
Artículo 4°.- Los gastos délos funerales correrán por cuenta del Estado.
Artículo 5°.- El Poder Ejecutivo adoptará las medidas necesarias para la ejecución de la presente ley.
Norma | Bolivia: Ley de 3 de octubre de 1938 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Duelo Nacional.- Con motivo de la muerte de Don José Luis Tejada Sorzano, ex- Presidente de la República. | ||||
Keywords | Ley, octubre/1938 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Tcnl. Busch.- G. Gosálvez. G. Zarate. Oficial Mayor de Gobierno. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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