Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo la contratación de préstamos que sumen hasta la cantidad de cinco millones de bolivianos (Bs. 5.000.000.- ) en cualquiera de las instituciones bancarias del país que devengará el interés máximo del 6% y tendrá como amortización acumulación la que resultare de la diferencia entre el monto de la garantía del empréstito y el servicio de intereses.
Artículo 2°.- Se destina al servicio de intereses y amortización los impuestos siguientes:
Impuestos directos e indirectos.
Recargo sobre exportaciones de minerales, ley de 5 de marzo de 1920, 10 de noviembre de 1927 y 10 de febrero de 1919.
Recargo sobre pasajes y fletes, ley de 5 de marzo de 1920; 10 de noviembre de 1927 y 2 de septiembre de 1928.
Impuesto de andén, ley de 5 de marzo de 1920 y 10 de febrero de 1927;
Impuesto sobre la propiedad urbana, ley de 5 de marzo de 1920, 10 de febrero de 1927 y Decreto Supremo de 25 de diciembre de 1927.
Impuesto sobre alcoholes y aguardientes.
Recargo sobre bebidas alcohólicas, ley de 5 de enero de 1915, 10 de noviembre de 1927 y 2 de julio de
1928.
Impuesto al muko, ley de 10 de noviembre de 1927.
Impuesto a la exportación de cueros vacunos, ley de 10 de diciembre de 1927.
Recargo sobre el impuesto al consumo, ley de 10 de diciembre de 1927.
Impuesto al kilaje, ley de 10 de diciembre de 1927 y 2 de julio de 1928,
Artículo 3°.- Los indicados préstamos se destinan a las siguientes obras:
Artículo 4°.- La administración de estos fondos, correrá a cargo de una Junta compuesta del Prefecto del Departamento, Presidente del Concejo, el Presidente de la Cámara de Comercio, del Representante del Banco Acreedor, el Ingeniero y Tesorero Departamental.
Norma | Bolivia: Ley de 22 de octubre de 1934 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Empréstitos. -- Se autoriza su colocación para diversas obras. | ||||
Keywords | Ley, octubre/1934 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | J. L. Tejada S.- F. Tamayo. J. Barrero, Senador Secretario. R. Gómez, Diputado Secretario. A. Adriázola, Diputado Secretario. D. Salamanca.- G. C. Otero.- Jn. Espada. Jorge Zarco Kramer, Oficial Mayor de Hacienda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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