Artículo Único.- El producto del impuesto sobre la herencia indirecta de la testamentaría de la que fue señora Clotilde Urioste v. de Argandoña, Princesa de la Glorieta, se destina en su totalidad a las siguientes obras:
Norma | Bolivia: Ley de 13 de septiembre de 1934 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Impuesto sobre herencia. -- Se destina a obras públicas el proveniente de la testamentaría de D. Clotilde U. v. de Argandoña. | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1934 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | D. Salamanca.- Ed. López. J. Zarco Kramer, Oficial Mayor de Hacienda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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