Artículo 1°.- La ley de 4 de enero de 1934 se modifica en su artículo 1° ampliando la autorización del empréstito hasta la suma de Bs. 5.950, 000.-- que se aplicarán a los siguientes empleos:
a) Para redimir el préstamo otorgado por el Banco Mercantil para la prosecución del camino Cochabamba-Chimoré | Bs. 1.450,000.-- |
b) Para la redención de los bonos de aguas potables de Cochabamba | " 700.000.-- |
c) Para la continuación de los trabajos del camino Cochabamba-Puerto Ichilo-Chimoré | " 1.450.000.-- |
d) Para la captación de aguas y pavimentación de la ciudad de Cochabamba | " 2.000.000.-- |
e) Para la construcción del camino Oruro por Sayari | " 300.000.-- |
f) Para el camino de herradura Montepunco-Ichilo- | " 50.000.-- |
Total. .. .. . | Bs. 5.950.000.-- |
Artículo 2°.- La supervigilancia de las obras y aprobación de planos, estudios y demás comisiones técnicas, correrá a cargo de la Dirección General de Obras Públicas.
Norma | Bolivia: Ley de 16 de enero de 1934 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Empréstito.-- Se modifica el artículo 1° de la ley de 4 de enero de 1934. | ||||
Keywords | Ley, enero/1934 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | J. L. Tejada S.- F. Tamayo.- B. Navajas Trigo, Senador Secretario.- C. López Arce, Diputado Secretario.- F. Leytón, Diputado Secretario. D. Salamanca.- José Salinas.- Joaquín Espada. Jorge Zarco Kramer, Oficial Mayor de Hacienda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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