Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para que por intermedio de la Prefectura de Potosí, contrate un empréstito de treinta mil bolivianos (Bs. 30,000.-- ) para la captación de aguas potables en Pocoata e instalación de luz eléctrica en Colquechaca, fijándose para el servicio de interés y amortización la suma de tres mil bolivianos (Bs. 3,000.-- ) anuales, en el Presupuesto Departamental, con fondos provenientes del impuesto catastral de la Provincia Chayanta.
Artículo 2°.- La ejecución de esta obra correrá a cargo de la Junta compuesta por el Presidente de la Junta Municipal y dos vecinos notables que serán designados por la corporación municipal.
Norma | Bolivia: Ley de 9 de diciembre de 1933 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Aguas potables en Pocoata.-- Autoriza al Ejecutivo para contratar un préstamo destinado a los trabajos. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1933 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | J. L. Tejada S.- F. Tamayo. B. Navajas Trigo, Senador Secretario. C. López Arce, Diputado Secretario. M. Calderón B., Diputado Secretario. D. Salamanca.- Jn. Espada A, Vera Alvarez, Oficial Mayor de Hacienda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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