Artículo Único.- El impuesto fiscal de la sucesión indirecta del que fué Miguel Natusch, abierta en el cantón de Santa Rosa de la provincia Yacuma, departamento del Beni, que asciende a la suma de Bs. 1,611.08 se destina a lo siguiente:
a)--Bs. 1,011.08 para las más urgentes necesidades de los edificios fiscales que existen en la ciudad de Trinidad.
b)--Bs. 600.-- , que deberá agregarse a los fondos destinados por ley especial en beneficios de la Escuela Fiscal de Santa Ana, capital de la provincia Yacuma.
Norma | Bolivia: Ley de 27 de noviembre de 1933 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Edificios fiscales en Trinidad.-- Destina para reparaciones el producto del impuesto a la testamentaría Miguel | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1933 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | J. L. Tejada S.- F. Tamayo.- B. Navajas Trigo, Senador Secretario.- C. López Arce, Diputado Secretario. M. Calderón B., Diputado Secretario. D. Salamanca.- Jn. Espada. A. Vera Alvarez, Oficial Mayor de Hacienda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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