Artículo Único.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para que por intermedio de la Prefectura de Potosí, haga uso hasta la suma de cuarenta mil bolivianos de la cuenta Nº 1060 del Banco Nacional de Bolivia de dicha ciudad, referente a los fondos del puente sobre el río Mataca, para sostenimiento del Hospital San Juan de Dios.
Norma | Bolivia: Ley de 30 de abril de 1932 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Hospital San Juan de Dios de Potosí.-- Se acuerda tomar $ 40, 000 de los fondos destinados al puente de | ||||
Keywords | Ley, abril/1932 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | J. L. Tejada S.- Justo Avila. Gabriel Palenque, S. S.- Humberto Duchén, D. S. Julio César Canelas, D. S. D. SALAMANCA.- G. Berríos. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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