Artículo Único.- El Presupuesto Nacional de la gestión presente, comprenderá una partida de treinta mil bolivianos, con destino a la construcción de un camino de rodados que partiendo de la ciudad de Tupiza por Mochará, Mormorque y Guaranguay, termine en Camargo, quedando así conectada la vía de automóviles, Sucre-Potosí, Camargo-Tupiza.


Se destina al mismo objeto el catastro rezagado de la provincia Sud Chichas.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 27 de abril de 1932 años.
J. L. Tejada S.- Justo Avila.- Gabriel Palenque, S. S.
Humberto Duchén, D. S.- Julio César Canelas, D. S.
Por tanto, : la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de 1932 años.
D. SALAMANCA.- G. Berríos.- A. Villegas.
Es conforme:
Oficial Mayor de Gobierno y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 30 de abril de 1932
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCamino Tupiza-Camargo.-- Se destina $ 30, 000.-- a los trabajos.
KeywordsLey, abril/1932
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJ. L. Tejada S.- Justo Avila.- Gabriel Palenque, S. S. Humberto Duchén, D. S.- Julio César Canelas, D. S. D. SALAMANCA.- G. Berríos.- A. Villegas. Oficial Mayor de Gobierno y Justicia.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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