Artículo Único.- Los Jefes, Oficiales y personas civiles, que concurrieron a las campañas del Pacífico y del Acre, percibirán durante sus días el haber de cincuenta bolivianos (Bs, 50.-- ) mensuales, con cargo al presupuesto de Guerra y siempre que no hubieran obtenido jubilación conforme a las leyes preexistentes a la fecha.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 12 de diciembre de 1931.
J. L, Tejada S.- G, Ríos Bridoux. Gabriel Palenque, S. S. S. .-- Humberto Duchen, D. S. R.
Corvera Zenteno, D. S.
Por tanto, : la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos treinta y un años.
D. Salamanca.- José L. Lanza. Es conforme:
E. González Q., Ayudante General.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 18 de diciembre de 1931
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCampañas del Pacífico y del Acre.-- Los jefes y oficiales que han concurrido a estas campañas percibirán el haber mensual permanente de $ 50, siempre que no hayan obtenido jubilación.
KeywordsLey, diciembre/1931
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJ. L, Tejada S.- G, Ríos Bridoux. Gabriel Palenque, S. S. S. .-- Humberto Duchen, D. S. R. Corvera Zenteno, D. S. D. Salamanca.- José L. Lanza. Es conforme: E. González Q., Ayudante General.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.