Artículo 1°.- Con motivo del primer centenario del nacimiento del que fue Mayor General Eliodoro Camacho y como homenaje a su memoria y a la de los guerreros de la independencia y defensores de la integridad nacional, se erigirá en la ciudad de La Paz un monumento q u e glorifique al soldado boliviano, representándolo por la estatua de ese eminente patriota,
Artículo 2°.- Éntrelos símbolos que interpretan la gratitud de Bolivia a sus héroes se colocará en el monumento una urna en la cual será depositado un puñado de tierra de loa principales campos de batalla de la Independencia, de la Confederación, de Ingavi, de la Guerra del Pacífico, de las campañas del Acre y de las acciones de armas del Chaco.
Artículo 3°.- Se convocará a un concurso artístico y se consignará en el Presupuesto Nacional de 1932 a 1933 un crédito de cincuenta mil bolivianos anuales, corriendo la erección del monumento a cargo de un Comité compuesto por el Prefecto y el Presidente de la Municipalidad de La Paz y por tres ciudadanos que designará el Poder Ejecutivo.
Artículo 4°.- Declárase feriado el día 4 de noviembre sin cierre de oficinas.
Norma | Bolivia: Ley de 27 de octubre de 1931 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Centenario de Camacho.-- Con motivo del acontecimiento cívico se erigirá un monumento a los guerreros de la Independencia y defensores de la integridad nacional. | ||||
Keywords | Ley, octubre/1931 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Celso Castedo, D. S. D. Salamanca.- D. Canelas.- F. Zambrana. Es conforme: Estenssoro, Oficial Mayor de Hacienda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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