Artículo 1°.- Con motivo del primer centenario del nacimiento del que fue Mayor General Eliodoro Camacho y como homenaje a su memoria y a la de los guerreros de la independencia y defensores de la integridad nacional, se erigirá en la ciudad de La Paz un monumento q u e glorifique al soldado boliviano, representándolo por la estatua de ese eminente patriota,

Artículo 2°.- Éntrelos símbolos que interpretan la gratitud de Bolivia a sus héroes se colocará en el monumento una urna en la cual será depositado un puñado de tierra de loa principales campos de batalla de la Independencia, de la Confederación, de Ingavi, de la Guerra del Pacífico, de las campañas del Acre y de las acciones de armas del Chaco.

Artículo 3°.- Se convocará a un concurso artístico y se consignará en el Presupuesto Nacional de 1932 a 1933 un crédito de cincuenta mil bolivianos anuales, corriendo la erección del monumento a cargo de un Comité compuesto por el Prefecto y el Presidente de la Municipalidad de La Paz y por tres ciudadanos que designará el Poder Ejecutivo.

Artículo 4°.- Declárase feriado el día 4 de noviembre sin cierre de oficinas.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional. La Paz, 24 de octubre de 1931.
J. L. Tejada S.- Ríos Bridoux. Gabriel Palenque, S. S, --Humberto Duchen, D. S.
Celso Castedo, D. S.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de octubre de mil novecientos treinta y un años.
D. Salamanca.- D. Canelas.- F. Zambrana. Es conforme:
Estenssoro, Oficial Mayor de Hacienda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 27 de octubre de 1931
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCentenario de Camacho.-- Con motivo del acontecimiento cívico se erigirá un monumento a los guerreros de la Independencia y defensores de la integridad nacional.
KeywordsLey, octubre/1931
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorCelso Castedo, D. S. D. Salamanca.- D. Canelas.- F. Zambrana. Es conforme: Estenssoro, Oficial Mayor de Hacienda.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.