Artículo 1°.- Se declara la República en duelo nacional el día 30 del presente mes, con motivo del infausto fallecimiento del H. Diputado por la ciudad de Oruro, señor Eduardo Zapcovic Lizárraga; con suspensión de labores del Congreso y cierre de oficinas en la ciudad de Oruro, donde se tributarán al extinto los honores que le corresponden según ley.
Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo dictará las medidas convenientes para que se tributen al extinto los honores correspondientes.
Artículo 3°.- Una comisión compuesta por nueve diputados uno representando a la Directiva y ocho a los distintos departamentos, viajará a la ciudad de Oruro, para rendir su homenaje en nombre de la H. Cámara.
Norma | Bolivia: Ley de 29 de septiembre de 1931 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Duelo nacional.-- Declárase por el fallecimiento del Diputado por Oruro, Eduardo Zapcovic Lizárraga. | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1931 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | L. Tejada S--Gabriel Palenque, Senador Secretario.- E. González Duarte.- H. R. Duchen, Diputado Secretario.- M. Peñaranda Cuenca, Diputado Secretario D. Salamanca.- L. Calvo. V. Fernández y G. Oficial Mayor de Gobierno. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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