Artículo 1°.- El monto del impuesto fiscal correspondiente a la sucesión indirecta de la que fue Carmen Chávez, será destinado a la terminación de la casa de Gobierno que se construye en la capital de la provincia del Azero.
Artículo 2°.- Los fondos percibidos por tal concepto, se depositarán en la oficina del Banco Nacional de Sucre, a la orden de la "Sociedad de Obras Públicas" de Monteagudo, cuya personalidad jurídica se encuentra reconocida por el Supremo Gobierno.
Norma | Bolivia: Ley de 25 de septiembre de 1931 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Casa de Gobierno en la provincia Azero.-- para la conclusión de los trabajos, se destina el producto del impuesto a la sucesión indirecta de Carmen Chavez, que será invertido por la "Sociedad de Obras Públicas" de Monteagudo. | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1931 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | J. L. Tejada S.- Gonzalo Jáuregui., /osé G. Almaraz, S. S.- Humberto Duchen, D. S. Fernando López, D. S. D. Salamanca.- D. Canelas. Estensoro, Oficial Mayor de Hacienda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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