Artículo 1°.- Las rentas del impuesto sobre alcoholes aguardientes del Departamento de Santa Cruz, a partir de la gestión económica de! año 1932, se destinarán a la financiación de un empréstito externo o interno de tres millones de bolivianos, o su equivalente, con el interés máximo del nueve por ciento y la amortización anual máxima del cuatro por ciento.
Artículo 2°.- La inversión del producto de este empréstito, se destinará exclusivamente a la vialidad del Oriente, en la siguiente forma:
Artículo 3°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para, suscribir los contratos de fideicomiso, emisión de bonos y todos los documentos de uso corriente con este fía, y se declarar) libres de todo impuesto nacional, departamental o municipal, a la renta en general sin exclusión alguna, loa bonos, cupones, intereses, escrituras, correspondientes a esta operación, así como se le autoriza la fijación de tipos de cambio y de todos los gastos necesarios para el servicio de los bonos o del contrato respectivo.
Artículo 5°.- Un Comité Pro-Obras de Santa Cruz, compuesto por el Prefecto del Departamento, el Presidente del Concejo Municipal y el de la Cámara de Comercio, se encargará de velar por el estricto depósito de estos fondos, así como de su correcta inversión en las obras indicadas.
Artículo 6°.- Quedan vigentes las disposiciones establecidas en el Decreto de 15 de diciembre de 1925, elevado a la categoría de ley por la de 27 de enero de 1926, referente a responsabilidades, las cuales se hacen extensivas a la Compañía Recaudadora Nacional por cualquier falla en hacer e! depósito de estos fondos" en la cuenta especial mencionada.
Norma | Bolivia: Ley de 13 de junio de 1931 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Empréstito. --Autorízasela colocación de $ 3.000, 000--, para impulsar la vialidad del Oriente, destinando las rentas del impuesto sobre alcoholes y aguardientes del departamento de Santa Cruz para el servicio. | ||||
Keywords | Ley, junio/1931 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | José Salinas, S. S. ad hoc.- Ed. Zapcouic Lizárraga, D. S. J. Ml de la Quintana, D. S. D. Salamanca.--D. Canelas. Es conforme: Estenssoro, Oficial Mayor de Hacienda; | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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