Artículo Único.- Libéranse los derechos fiscales, municipales y departamentales, correspondientes a la internación de doscientas máquinas pulverizadoras manuales y quinientos quintales métricos de sulfato de cobre, destinados a combatir la peronospera que se ha presentado y va destruyendo los viñedos de Aviles y Méndez del Departamento de Tarija.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 2 de junio de 1931. J. L. Tejada.- Gabriel Palenque, Senador Sectario.- Franz Tamayo.- Ed. Zápcovic Lizárraga, Diputado Secretario.- C. Adriazola, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de junio de mil novecientos treinta y un años.
D. Salamanca.--Florián Zambrana. Es conforme:
O. Paz Estensoro
Oficial Mayor de Hacienda

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 3 de junio de 1931
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLiberación de derechos. -Concédese, para la internación de material destinado a combatir la peronospera presentada en los viñedos de A viles y Méndez del departamento de Tarifa.
KeywordsLey, junio/1931
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorD. Salamanca.--Florián Zambrana. Es conforme: O. Paz Estensoro Oficial Mayor de Hacienda
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.