Artículo 1°.- Se autoriza a la Junta Municipal de Punata, la venta en pública subasta, previa tasación y al mejor postor, de dos propiedades urbanas de que es dueño en dicha capital: la casa que compró de Manuel A. Villarroel según escritura de 4 de mayo del año 1926, para ubicar oficinas municipales en la acera norte de la Plaza "6 de Agosto", y el local que, situado entre la Plaza Oriental y la calle Cobija, sirve para el funcionamiento de la Escuela de Niñas.

Artículo 2°.- Con el producto de las ventas y otros fondos, la Junta mandará edificar un palacio municipal y una escuela de señoritas, en la acera occidental de la plaza "6 de Agosto", conforme a la resolución municipal correspondiente.
Las casas cuya venta queda autorizada, podrán ser permutadas con las de las de particulares que existen dentro de la manzana que forman la acera occidental de la mencionada plaza, a objeto de facilitar las edificaciones antedichas.

Artículo 3°.- Para la realización de las obras enunciadas, se declara de necesidad y utilidad pública la expropiación de las casas de Dolores Zegarra de Prudencio y Aurelio Balderrama, herederos de Manuel Santos Carrillo, y de cualesquiera otras personas que tuvieren fundos en la indicada manzana y sobre la acera occidental de la plaza "6 de Agosto".


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 13 de diciembre de 1929.
ROMÁN PAZ.- DR. DANIEL BILBAO R.
Héctor Suárez R., S. S. .-- E. Prudencio, D. S. ad hoc.
Juan José Carrasco, D. S. ad hoc.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno.- La Paz, a 31 de diciembre de 1929 años.
H. SILES.- G. Viscarra.
Es conforme:
E. Boada, Oficial Mayor de Gobierno.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 31 de diciembre de 1929
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioMunicipalidades.-- Autorízase a la de Punata para vender dos propiedades y con su producto construir un palacio municipal y una escuela de señoritas, declarándose la expropiación de algunas casas.
KeywordsLey, diciembre/1929
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorROMÁN PAZ.- DR. DANIEL BILBAO R. Héctor Suárez R., S. S. .-- E. Prudencio, D. S. ad hoc. Juan José Carrasco, D. S. ad hoc. H. SILES.- G. Viscarra. E. Boada, Oficial Mayor de Gobierno.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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