Artículo Único.- Elévase a categoría de ley el decreto supremo de 20 de abril de 1925; y los recursos a que se refiere se invertirán, además, en los trabajos de la "Avenida Siles" que une la estación del ferrocarril de The Antofagasta Railway Cia. con la pista de aterrizaje del campo de aviación de Cochabamba y los de la Plaza San Sebastián, bajo la dirección y administración del Lloyd Aereo que los recojerá mensualmente, pudiendo contraer préstamos y realizar las operaciones de crédito que juzgue convenientes, para la mejor ejecución de las obras, con garantía de dichos arbitrios.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 17 de diciembre de 1929.
ROMAN PAZ.- DR. DANIEL BILBÁO R.
Hécter Suárez R., S. S. .-- Julián V. Montellano, D. S.
A. Rico Toro, D. S. ad hoc.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, de La Paz, a los 31 días del mes de diciembre de 1929 años.
H. SILES.- M. Rigoberto Paredes.
Es conforme:
Antonio Arce, Oficial Mayor de Fomento.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 31 de diciembre de 1929
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioImpuestos.-- Elévase a la categoría de ley el decreto de 20 de abril de 1925, debiendo invertirse el producto de dicho impuesto a la construcción de la "Avenida Siles" y de la Plaza San Sebastián de Cochabamba.
KeywordsLey, diciembre/1929
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorROMAN PAZ.- DR. DANIEL BILBÁO R. Hécter Suárez R., S. S. .-- Julián V. Montellano, D. S. A. Rico Toro, D. S. ad hoc. H. SILES.- M. Rigoberto Paredes. Antonio Arce, Oficial Mayor de Fomento.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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