Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, para contratar un empréstito externo hasta la suma de diez y ocho millones de pesos bolivianos, de los que once millones se emplearán: 1° en cancelar lo que se adeuda a The Antofagasta (Chili) and Bolivia Railway Co. por los fondos que ha adelantado para la construcción del Ferrocarril Potosí-Sucre; 2° en la renovación del material del Kilómetro 4 al 76; y 3° en la prosecución y conclusión de las obras de dicho ferrocarril hasta la capital Sucre, incluyendo la construcción de estaciones. El resto del mismo empréstito, hasta siete millones, se empleará en la continuación del trabajo del Ferrocarril Cochabamba-Santa Cruz.
El tipo de colocación, intereses y amortización se fijará en una ley reservada.
Artículo 2°.- Para el servicio de amortización e intereses de los once millones, se destinan los siguientes recursos:
Artículo 3°.- Los fondos provenientes de este empréstito, no podrán destinarse a otros servicios por ningún motivo y mientras sea colocado, los fondos destinados a garantías se invertirán directamente en las obras ferrocarrileras mencionadas.
Artículo 4°.- El Ejecutivo podrá contratar el empréstito autorizado por esta ley, sea de la totalidad de los Bs. 18.000.000.-, sea sólo e independientemente de once millones, sea de siete millones, con sus correspondientes garantías fijadas en el articulo 1°.
Artículo 5°.- De los siete millones a que se refiere el artículo 1°, se destina en proporción, hasta un millón de pesos bolivianos, para los trabajos del camino Tarija-Villa Montes.
Artículo 6°.- Deróganse las leyes de 27 de marzo y 3 de abril de 1929.
Norma | Bolivia: Ley de 10 de octubre de 1929 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Empréstito.- AutorÍzase su contratación por Bs. 18.000.000.- para la prosecución de los ferrocarriles Potosí Sucre y Cochabamba- Santa Cruz y camino Tarija-Villa-Montes. | ||||
Keywords | Ley, octubre/1929 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ROMÁN PAZ- DR. DANIEL BILBAO R. Antonio L. Velasco, S. S.- J. V. Montellano, D. S.- Humberto Palza S. ., D. S. ad hoc. H. SILES.- M. Mier y León. R. Parada Suárez, Oficial Mayor de Hacienda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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