Artículo 1°.- El material fijo y rodante que resulte del cambio de trocha del Ferrocarril Cochabamba- Arani, se destinará a la construcción de un tranvía de Arani a Totora.

Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo mandará estudiar, con la Dirección General de Obras Públicas, la mejor ruta para el trabajo del indicado tranvía, así como el costo de construcción.

Artículo 3°.- Una ley especial fijará los recursos para la colocación del empréstito con destino a la construcción del merituado tranvía.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 17 de septiembre de 1929.
A. S. SAAVEDRA.
DR. DANIEL BILBAO R.
Antonio L. Velasco, S. S.
Julian V. Montellano, D. S.-
Salinas A., D. S. ad hoc.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los 21 días del mes de septiembre de 1929 años.
H. SILES.
G. Viscarra.
Es conforme:
J. Antonio Arce, Oficial Mayor de Fomento.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 21 de septiembre de 1929
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioTranvia Arani Totora, - Destínase a su construcción el material fijo y rodante del cambio de trocha del Ferrocarril Cochabamba-Arani.
KeywordsLey, septiembre/1929
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorA. S. SAAVEDRA. DR. DANIEL BILBAO R. Antonio L. Velasco, S. S. Julian V. Montellano, D. S.- Salinas A., D. S. ad hoc. H. SILES. G. Viscarra. J. Antonio Arce, Oficial Mayor de Fomento.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.