Artículo Único.- El impuesto sobre la sucesión hereditaria del extinto José Fidel Alpire, se destina para la construcción del local municipal de Cabezas, capital de la 3ª sección de la provincia de Cordillera.
Norma | Bolivia: Ley de 27 de agosto de 1929 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Impuestos.-- Destínanse los de la sucesión de José Fidel Alpire a la construcción del local municipal de Cabezas (Santa Cruz). | ||||
Keywords | Ley, agosto/1929 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | A. S. SAAVEDRA. JULIO TELLEZ REYES Domingo Paz Rojas, S. S. Julián V. Montellano, D. S. Fl. Candia C., D. S. ad-hoc. H. SILES. M. Mier y León R. Parada Suárez, Oficial Mayor de Hacienda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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