Artículo Único.- Sobre fondos generales de la presente gestión se vota un crédito de tres mil bolivianos (Bs. 3.000.-- ) destinados a la compra de drogas para los hospitales de Cotagaita y Tupiza.
Norma | Bolivia: Ley de 2 de marzo de 1929 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Crédito.-- Vótase por Bs. 3.000.-- para la compra de drogas destinadas a los hospitales de Cotagaita y Tupiza (Potosí). | ||||
Keywords | Ley, marzo/1929 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | A. S. SAAVEDRA. CONSTANTINO CARRIÓN V. H. SILES.- V. Sánchez Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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