Artículo Único.- Sobre fondos de la presente gestión, se vota la suma de dos mil bolivianos, para socorrer al vecindario de Cuatro Ojos, que ha sufrido perjuicios por las recientes inundaciones del Río Piray.
Dichos fondos serán administrados por la Prefectura de Santa Cruz, con cargo de cuenta.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 30 de enero de 1929.
A. S. SAAVEDRA.
CONSTANTINO CARRIÓN V.
Antonio L. Velasco, S. S.- Octavio O'Connor d'Árlach, D. S.
Ernesto Prudencio, D. S.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los 5 días del mes de febrero de 1929 años.
H. SILES.- V. Sánchez Peña.
Es conforme:
R. Parada Suárez, Oficial Mayor de Hacienda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 5 de febrero de 1929
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSocorros.-- Vótase Bs. 2.000 para socorrer al vecindario de Cuatro Ojos, perjudicado por las inundaciones del Río Piray
KeywordsLey, febrero/1929
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorA. S. SAAVEDRA. CONSTANTINO CARRIÓN V. H. SILES.- V. Sánchez Peña.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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