Artículo Único.- Se autoriza al Concejo Municipal de Sucre para que venda en subasta pública, un lote de terreno triangular entre la calle nueva que se trata de prolongar y la casa de don Aniceto Solares.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 29 de diciembre de 1928.
A. S. SAAVEDRA.
Dr. DANIEL BILBAO R.
Manuel Mogro Moreno, S. S.- Octavio O'Connor d'Árlach, D. S.
Ernesto Prudencio, D. S.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los 10 días del mes de enero de 1929 años.
H. SILES.- F. Iraizós.
Es conforme:
E. Boada, Oficial Mayor de Gobierno.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 10 de enero de 1929
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioMunicipalidades.-- Autorízase a la de Sucre para vender un lote de terreno en dicha capital.
KeywordsLey, enero/1929
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorA. S. SAAVEDRA. Dr. DANIEL BILBAO R. H. SILES.- F. Iraizós.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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