Artículo Único.- El 50% del "impuesto al consumo" creado por la ley de 29 de septiembre de 1927, sobre mercaderías que se internen por Puerto Suárez y correspondientes a este puerto, se destina a la reparación, establecimiento y sostenimiento del Hospital de Puerto Suárez.
Norma | Bolivia: Ley de 24 de noviembre de 1928 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Hospitales.-- para el establecimiento y sostenimiento del de Puerto Suárez destinase el 50% del impuesto al consumo sobre mercaderías que se internen por Puerto Suárez.. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1928 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ROMAN PAZ. DANIEL BILBAO R. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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