Artículo Único.- Sobre fondos generales de la presente gestión económica se vota la suma de cuatro mil bolivianos(Bs. 4.000.-- -) para la reparación del puente sobre el río Morochaca, en la provincia de Chayanta y dos mil bolivianos (Bs. 2.000.-- -) para terminar la construcción del puente sobre el río de
Lope -Mendoza, a fin de facilitar el servicio permanente de automóviles entre Cochabamba y Totora por la vía de Montepunco.


Comuníquese al Poder Ejecutivo par los fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 14 de noviembre de 1928
ROMAN PAZ.
CONSTANTINO CARRION V.
Manuel Mogro Moreno, S. S.- Octavio O'Connor d'Árlach, D. S.- Ernesto Prudencio, D. S.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los 24 días del mes de noviembre de 1928 años.
H. Siles.- - Damián Z. Rejas
Es conforme:
Roberto Calderón. Por Oficial Mayor de Fomento.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 24 de noviembre de 1928
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPuentes.-- para la reparación del puente sobre el río Morochaca vótase Bs. 4.000.-- ; y para la conclusión del que existe sobre el río de Lope-Mendoza, Bs. 2.000.-- -
KeywordsLey, noviembre/1928
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorROMAN PAZ. CONSTANTINO CARRION V.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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