Artículo 1°.- Habiendo fallecido el Vocal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, doctor Manuel María Cossío, se declara en duelo la República, el día de mañana 25 del presente mes.
Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo dispondrá los honores fúnebres correspondientes, corriendo por su cuenta los gastos respectivos.
Norma | Bolivia: Ley de 26 de octubre de 1928 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Duelo.-- Declarase en la Republica por el fallecimiento del Vocal de la Corte Suprema de Justicia doctor Manuel María Cossio. | ||||
Keywords | Ley, octubre/1928 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ROMAN PAZ. CONSTANTINO CARRION V. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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