Artículo Único.- Se vota la suma de diez mil bolivianos (Bs. 10.000.- ), destinada a premiar la mejor obra de geografía nacional, mediante concurso, convocado por el Poder Ejecutivo.


Comuníquese al Poder Ejecutivo par los fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 23 de agosto de 1928
ROMAN PAZ.
CONSTANTINO CARRION V.
Manuel Mogro Moreno, S. S.- E. Prudencio, D. S.- Octavio O'C. d' Arlach, D. S.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los 30 días del mes de agosto de 1928 años.
H. Siles.- - A. Solares.
Es conforme:
H. Palza S., Oficial Mayor de Instrucción Pública.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 30 de agosto de 1928
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioGeografía nacional.-- Vótae Bs. 10.000 para premiar la mejor obra de geografía nacional, mediante concurso que convocará el Poder Ejecutivo.
KeywordsLey, agosto/1928
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorROMAN PAZ. CONSTANTINO CARRION V.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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