Artículo Único.- Se vota con carácter urgente, la suma de tres mil bolivianos (Bs. 3.000.-- ), sobre fondos generales de la presente gestión económica, para combatir las epidemias que actualmente hacen estragos en los yungas de la provincia "Carrasco". Dichos fondos serán administrados por la Junta de Propietarios de Yungas de la ciudad de Totora.
Norma | Bolivia: Ley de 11 de julio de 1928 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Epidemias.-- Vótese Bs. 3.000.-- para combatir las que hacen estragos en la provincia Carrasco(Cochabamba). | ||||
Keywords | Ley, julio/1928 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ROMAN PAZ.- --CONSTANTINO CARRIÓN V. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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