Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo para vender en subasta pública el edificio y terrenos adyacentes de la Escuela Fiscal de Achacachi; destinándose el producto de la venta a la edificación de la villa escolar que se tiene proyectada en aquella capital.

Artículo 2°.- Igualmente se autoriza al Poder Ejecutivo para vender los terrenos fiscales del puerto de Sotalaya, con objeto de invertir los fondos que se obtengan de esta venta en obras públicas de Ancoraimes y Achacachi,


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 26 de marzo de 1928.
ROMÁN PAZ.- -HECTOR SUAREZ R.
Antonio L. Velasco, S. S.- Julio Arce, D. S. ad-hoc.- E. Prudencio, D. S. ad hoc.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno.- -La Paz, a los 3 días del mes de abril de 1928 años.
H. Siles.- -Félix A. del Granado.
Es conforme:
V. A. Saracho, Oficial Mayor de Instrucción.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 3 de abril de 1928
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioInstrucción.- Autorízase la venta del edificio y terrenos de la Escuela Fiscal de Achacachi para la edificación de la villa Escolar.-- Autorízase la venta de terrenos en sotolaya (La Paz) para construir obras públicas en Ancoraimes y Achacachi-
KeywordsLey, abril/1928
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorROMÁN PAZ.- -HECTOR SUAREZ R.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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