Artículo 1°.- Se modifica la ley de 11 de enero de 1927, en la siguiente forma:
Artículo 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo para contratar un empréstito dentro o fuera del país, hasta la suma de dos millones de bolivianos (Bs. 2.000.000.-- -), cantidad destinada exclusivamente a la construcción de un camino de automóviles entre Sorata y Mapiri, con prolongación hasta Apolo, en las provincias Larecaja y Caupolicán del departamento de La Paz.
Artículo 3°.- El porcentaje de intereses y amortización de este empréstito, será resguardado con los siguientes recursos hasta su cancelación: a). Con el 50% del total de las rentas nacionales, departamentales y municipales que dichas provincias producen.
Norma | Bolivia: Ley de 24 de febrero de 1928 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Empréstito.- Autorízase la contratación de un empréstito de Bs. 2.000.000.-- , para la construcción del camino de autos entre Sorata y Mapiri, con prolongación a Apolo (La Paz). | ||||
Keywords | Ley, febrero/1928 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ROMÁN PAZ. HÉCTOR SUÁREZ R. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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