Artículo Único.- Vótase un crédito suplementario de tres mil bolivianos, para reparar los daños causados en los alrededores del pueblo de Morochata por las crecientes de las torrenteras de Trancamayu y Yurumani, con cargo a las rentas generales de la presente gestión.
Norma | Bolivia: Ley de 17 de febrero de 1928 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Crédito Suplementario.- Vótase por Bs. 3.000.-- para reparar los daños causados en los alrededores de Morochata (Cochabamba) por las crecientes de las torrenteras de Trancamaya y Yumani. | ||||
Keywords | Ley, febrero/1928 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ROMÁN PAZ.- - HÉCTOR SUÁREZ R. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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