Artículo Único.- Autorízase a la Sociedad Geográfica "Sucre", para trasladar al salón legislativo de la Capital de la República, los restos del gran patricio José Mariano Serrano.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 4 de febrero de 1928.
JOSÉ PARAVICINI.- - HÉCTOR SUÁREZ.
Manuel Mogro Moreno, S. S. accidental.- Alfredo Flores, D. S. ad hoc. .-- -Carlos Hanhart, D. S. ad hoc.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno.- La Paz, 9 de febrero de 1928 años.
H. Siles.- - J. M. Gainsborg.
Es conforme:
F. Ostria Reyes, Oficial Mayor de Gobierno.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 9 de febrero de 1928
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioJosé Mariano Serrano.- Autorízase a la Sociedad Geográfica "Sucre" para trasladar los restos de este gran patricio al Salón Legislativo de Sucre.
KeywordsLey, febrero/1928
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJOSÉ PARAVICINI.- - HÉCTOR SUÁREZ.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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