Artículo 1°.- La liberación de derechos fiscales se concederá únicamente a las mercaderías internadas para el uso de las reparticiones nacionales; las destinadas al uso personal de los miembros de las legaciones extranjeras; las importadas por las Municipalidades para obras públicas, beneficencia e instrucción; las destinadas a casas de beneficencia, hospitales, establecimientos de instrucción, todos estos por artículos o mercaderías estrictamente indispensables para dichos fines; y las que se introduzcan por empresas ferroviarias y otras, de acerado con los contratos celebrados, siendo facultad privativa del Congreso la de conceder liberación de derechos de aduana de conformidad con el artículo 52, caso 4° de la Constitución.
Artículo 2°.- Queda prohibida la liberación de derechos para artículos u objetos de uso particular o profesional y para aquellos que no reporten beneficio directo al Estado, a excepción de los equipajes conforme al Reglamento de Aduanas.
Artículo 3°.- La liberación contemplada en el artículo 1°, de la presente ley, no abarca los gravámenes adicionales llamados almacenaje; legalización consular, movilidad y estadística, sobre aquellas acordadas por contratos y leyes expresas.
Artículo 4°.- Toda liberación de derechos deberá solicitarse al Ministerio de Hacienda, acompañando la factura consular y comercial, que acrediten que los efectos o mercaderías se hallan comprendidos en el artículo 1° de la presente ley.
Artículo 5°.- queda derogada la ley de 1° de diciembre de 1911.
Norma | Bolivia: Ley de 29 de enero de 1928 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Liberación.- Limítanse los casos en que serán concedida, prohibiéndose para objetos o artículos de uso particular o profesional a excepción de equipajes | ||||
Keywords | Ley, enero/1928 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ROMÁN PAZ.- HÉCTOR SUÁREZ R. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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