Artículo Único.- En el Presupuesto Nacional se fijará anualmente la partida de nueve mil bolivianos para el saneamiento de Mizque y el establecimiento de una oficina de sanidad en la capital de dicha provincia.
Norma | Bolivia: Ley de 2 de diciembre de 1927 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Sanidad.- Fijase la partida anual de Bs.9.000.- para el saneamiento de Mizque y establecimiento de una oficina de sanidad pública en dicha ciudad. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1927 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ROMÁN PAZ.- Hector Suárez R. H. SILES.- J. Minor Gainsborg. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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