Artículo Único.- Autorízase al Poder Ejecutivo para adjudicar en propiedad definitiva a Nicolas Calabria y Alberto Bress, el lote de cincuenta hectáreas en el lugar denominado Tamarinero, cantón Puerto Suárez donde han establecido un saladero previo pago de cinco pesos bolivianos por hectárea al Tesoro de la Delegación del Oriente, siempre que afecte esta cesión a los terrenos destinados al establecimiento de un puerto o de una población en dicho lugar.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 12 de noviembre de 1927.
ROMÁN PAZ - Héctor Suárez R.
Aurelio Arauz, S. S.- Julio Arce D. S. Ernesto Prudencio, D. S. ad hoc.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a 17 de noviembre de 1927.
H. SILES- F. Guzmán.
Es conforme:
S. L. Ballesteros.- Oficial Mayor de Colonización.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 17 de noviembre de 1927
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioTierras baldías.- Autorízase la adjudicación a Nicolás Calabria y Alberto Bress de un lote de 50 hectáreas en el lugar Tamarinero (Santa Cruz) al precio de Bs. 5.- por hectárea.
KeywordsLey, noviembre/1927
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorROMÁN PAZ - Héctor Suárez R. H. SILES- F. Guzmán.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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