Artículo 1°.- El cantón Eucaliptus de la provincia del Cercado del Departamento de Oruro, se denominará en adelante "Tomás Barrón", en memoria de uno de los patriotas orureños que culminó en la guerra de la independencia.

Artículo 2°.- Se vota la suma de cinco mil bolivianos, en el Presupuesto Departamental de 1928, con destino exclusivo a la captación de aguas potables para dicho cantón.

Artículo 3°.- Esta suma será maneja y dispuesta para su objeto por una junta de vecinos cantón "Tomás Barrón", con anuencia e intervención del Concejo Municipal de Oruro, que nombrará sur representante especial.


Comuníquese al poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 22 de octubre de 1927
ROMÁN PAZ.- Héctor Suárez R.
Aurelio Arauz, S. S.- V. Leytón A., D. S.- A. Flores, D. S. ad hoc. .
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, La Paz, a 27 de octubre de 1927.
H. SILES.- M. D. Canseco
Es conforme:
F. Ostria Reyes.- Oficial Mayor de Gobierno

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 27 de octubre de 1927
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCantón.- El de Eucaliptos (Oruro) denominarse "Tomás Barrón", votándose la suma de Bs. 5.000.- para captación de aguas potables en dicho cantón.
KeywordsLey, octubre/1927
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorROMÁN PAZ.- Héctor Suárez R. H. SILES.- M. D. Canseco F. Ostria Reyes.- Oficial Mayor de Gobierno
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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