Artículo Único.- Se autoriza a la Municipalidad de Sucre para vender la casa de la calle "Abaroa", que le fue legada por la señora Cecilia Pareja en aquella ciudad, conforme a las leyes de 27 de octubre de 1890 y
19 de noviembre de 1912, debiendo declararse el respeto al usufructo en favor de Catalina Pasquier.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 8 de marzo de 1927.
ROMÁN PAZ.- Héctor Suárez R.
Damián Z. Rejas, S. S.- R. Suárez Trigo, D. S.- Gregorio Almarás C., D. S.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla cosco ley de la República.
Palacio de Gobierno --La Paz, 21 de marzo de 1927.
H. SILES.- F. Guzmán.
Es conforme:
F. Ostria Reyes, --Oficial Mayor de Gobierno;

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 21 de marzo de 1927
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioMunicipalidades.-- Autorízase al H. Concejo Municipal de Chuquisaca para vender una casa que le ha sido legada por la señora Cecilia Pareja.
KeywordsLey, marzo/1927
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorROMÁN PAZ.- Héctor Suárez R. H. SILES.- F. Guzmán. F. Ostria Reyes, --Oficial Mayor de Gobierno;
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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