Artículo Único.- Queda derogada la ley de 11 de febrero de 1926, relativa al ahorro obligatorio para los preceptores, profesores y demás funcionarios del ramo de instrucción, en los cuatro artículos de que consta, debiendo el Poder Ejecutivo disponer la devolución de los descuentos que por ese concepto se hubieran efectuado en el Tesoro Nacional.
Norma | Bolivia: Ley de 26 de enero de 1927 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ahorro.- Derógase la ley que lo estableció entre los funcionarios del ramo de instrucción. | ||||
Keywords | Ley, enero/1927 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ROMÁN PAZ - Héctor Suárez R. H. SILES.- T. Monje Gutiérrez. José Tamayo, Oficial Mayor de Instrucción y Agricultura. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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