Artículo Único.- La Ley de 17 de junio de 1921, se hace extensiva para la ciudad de Oruro, que crea el impuesto del tres por ciento (3%) sobre los intereses de depósitos en las oficinas bancarias y casas comerciales.
Norma | Bolivia: Ley de 27 de octubre de 1926 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Impuesto.-- Hácese extensiva para la ciudad de Oruro el impuesto del 3 % sobre los intereses de depósitos en las oficinas bancarias y comerciales. | ||||
Keywords | Ley, octubre/1926 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ROMÁN PAZ.- Héctor Suárez R. Damián Z Rejas S. S.- Suárez Trigo R., D. S.- Gregorio Almaras C., D. S. H. SILES.- Zacarías Benavides. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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