Artículo 1°.- Fíjase en el Presupuesto Nacional de 1927, la suma de cuatro mil bolivianos destinados a las siguientes obras a realizarse en la capital Corque de la provincia fronteriza de Carangas del departamento de Oruro.
Artículo 2°.- El empleo y administración de estos fondos, correrá a cargo de una Junta Impulsora, compuesta por el Sub-prefecto, Presidente Municipal, Cura Párroco de Corque y dos vecinos principales de dicha localidad, bajo la directa fiscalización del Prefecto del departamento de Oruro.
| Norma | Bolivia: Ley de 20 de octubre de 1926 | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
| Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
| Sumario | Partida presupuestaria.-- Consígnase Bs. 4, 000 con destino a varias obras a realizarse en Corque. | ||||
| Keywords | Ley, octubre/1926 | ||||
| Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
| Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
| Creador | ROMÁN PAZ.- Héctor Suárez R. Damián Z. Rejas, S. S.- R Suárez Trigo, D. S.- Gregorio Almarás C., D. S. H. SILES.- T. Monje Gutiérrez. | ||||
| Contribuidor | DeveNet.net | ||||
| Publicador | DeveNet.net | ||||
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