Artículo 1°.- La provincia del Sara creada por Ley de 25 de septiembre de 1883, queda dividida en dos provincias. La primera conservará su nombre, y estará compuesta de la Capital Portachuelo, San Ignacio, Santa Rosa, Palometas, Cuatro Ojos y La Estrella. La segunda de Buenavista, como Capital y los cantones San Carlos, San Isidro, San Miguel y San Javier. Artículo 2° La provincia del Sara queda formada por dos secciones municipales: Portachuelo y Santa Rosa, la provincia del Ichilo, la de Buenavista.

Artículo 3°.- La provincia Ichilo será dependiente del asiento y partido judicial del Sara.

Artículo 4°.- El pueblo de Portachuelo queda elevado a la categoría de ciudad.

Artículo 5°.- Los límites de la provincia Ichilo serán los de la actual sección municipal de Buenavista.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 19 de marzo de 1926.
A. S, SAAVEDRA.- Flavio Abastoflor.
Ant. L. Velasco, S. S.- P. Zilveti Arce, D. S. J. V. Montellano, D. S.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los 8 días del mes de abril de 1926 años.
H. SILES.- A. Mier.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 8 de abril de 1926
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDivisión política -- La provincia del Sara se divide en dos denominándose a la segunda Ichilo,
KeywordsLey, abril/1926
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorA. S, SAAVEDRA.- Flavio Abastoflor. Ant. L. Velasco, S. S.- P. Zilveti Arce, D. S. J. V. Montellano, D. S. H. SILES.- A. Mier.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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