Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para que contraiga un préstamo bancario o particular hasta la suma de doscientos mil bolivianos, con el interés del 9% anual y la amortización acumulativa del 2%, destinado a los siguientes objetos:
I° Conclusión de un puente en el lugar denominado Lipari, calculado en 6, 000 bolivianos;
2° Prolongación de la línea telegráfica de Obrajes al mineral de Araca, pasando por Mecapaca con ramales en Cohoni y Palca;
3° Continuación del camino de autos de Lipari al mineral de Araca y los pueblos de Cohoni, Collana y Palca.
Artículo 2°.- Para el servicio de intereses y amortización del mencionado préstamo, se destina los siguientes impuestos:
Artículo 3°.- La recaudación e inversión de estos impuestos queda a cargo de una Junta Impulsora compuesta del Prefecto del Departamento, Presidente de la Junta Municipal de Obrajes, Diputado de la provincia Murillo y de dos vecinos propietarios de la región favorecida.
Artículo 4°.- Queda autorizada la Prefectura del departamento de La Paz para licitar los impuestos creados por la presente ley y aun para entregar su recaudación a los prestadores del dinero.
Norma | Bolivia: Ley de 5 de febrero de 1926 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza al Poder Ejecutivo para que contraiga un préstamo hasta doscientos mil bolivianos. | ||||
Keywords | Ley, febrero/1926 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | A. S. SAAVEDRA.- Flavio Abastoflor. Manuel Mogro Moreno, S. S.- Salomón A. Nogales, D. S.- Julio Téllez Reyes, D. S. H. SILES.- Máximo Nava. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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