Artículo Único.- Destínase la prestación vial de los cantones Huaillas, Quilaquila y Maragua de la provincia Oropeza del departamento de Chuquisaca, durante dos años, a la construcción de un camino carretero entre los pueblos de Huaillas y Quilaquila


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 19 de noviembre de 1925.
JOSE Q. MENDOZA.- Flavio Abastoflor
Damián Z. Rejas, S. S.- Salomón A. Nogales, D. S.- Luis Herrero, D. S.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno.- La Paz, a 21 de noviembre de 1925
F. GUZMAN.- N Fernandez V.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 21 de noviembre de 1925
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPrestación vial.- Con la de los cantones Huaillas Quilaquila y Maragua de la provincia Oropeza destínanse durante dos años a la construcción de un camino carretero entre Huaillas y Quilaquila.
KeywordsLey, noviembre/1925
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJOSE Q. MENDOZA.- Flavio Abastoflor Damián Z. Rejas, S. S.- Salomón A. Nogales, D. S.- Luis Herrero, D. S. F. GUZMAN.- N Fernandez V.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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