Artículo 1°.- El producto del impuesto sobre transferencia de propiedades inmuebles, que debe pagar la "Sociedad Agrícola, Ganadera e Industrial de Cinti" calculado en cuarenta y tres mil bolivianos (Bs. 43,000.00). por compra de los fundos rústicos denominados Culpina, Ingahuasi y San Pedro, ubicados en la provincia de Cinti, se destina al reembolso parcial de la suma adeudada por el Tesoro Nacional al departamento de Chuquisaca, por concepto de préstamos.
En el Presupuesto de Chuquisaca, gestión de 1925, se consignará esta partida, destinándose dicha suma íntegramente a la construcción del camino de automóviles Culpina - Camargo - Cotagaita.

Artículo 2°.- La construcción de dicho camino correrá a cargo de la Sociedad Agrícola, Ganadera e Industrial de Cinti", la cual llevará cuenta especial en el Banco de la Nación Boliviana, debiendo la indicada Sociedad emposar a su orden el mensionado impuesto y presentar el recibo del Banco al Tesoro Departamental; la inversión de dicha suma se hará en el término improrrogable de diez y ocho meses, computables de la fecha de la promulgación de la presente ley; debiendo al vencimiento de este plazo presentar la cuenta respectiva a los Tesoros Nacionales y Departamentales de Chuquisaca. El Prefecto de Chuquisaca y el Subprefecto de Cinti, presentarán en la misma fecha informe detallado del estado de la construcción de dicho camino.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 22 de enero de 1925.
JOSÉ QUINTIN MENDOZA.-
DAVID ALVÉSTEGUI.
Antonio L. Velasco, S. S. ad. hoc.- Roberto Téllez Cronenbol, D. S. ad hoc.- J. Capriles, D. S.
Por tanto : la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno.- La Paz, a 22 de enero de 1925.
B. SAAVEDRA.- F. Iraizós.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 22 de enero de 1925
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioReembolso.- La suma que por concepto de impuestos debe pagar la "Sociedad Agrícola, Ganadera e Industrial de Cinti", se destina al reembolso parcial del Tesoro Nacional al Departamental de Chuquisaca para la construcción de un camino de automóviles.
KeywordsLey, enero/1925
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJOSÉ QUINTIN MENDOZA.- DAVID ALVÉSTEGUI. Antonio L. Velasco, S. S. ad. hoc.- Roberto Téllez Cronenbol, D. S. ad hoc.- J. Capriles, D. S. B. SAAVEDRA.- F. Iraizós.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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