Bolivia: Ley Nº 1925, 2 de diciembre de 1998

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Habiéndose aprobado el Contrato de Préstamo suscrito entre la República de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento (CAF) No. 00/100 dólares americanos ($us. 24.200.000.-) destinados a financiar los proyectos carreteros Tarija - Bermejo tramo La Mamora - Desemboque y Yamparáez - Tarabuco, habiéndose establecido técnicamente que por la construcción de las represas de Arrazayal y Las Pavas, en el caso del tramo La Mamora - Desemboque solo será posible la construcción hasta Emborozú, se aprueba que el monto de cuatro millones cuatrocientos setenta y tres mil setecientos ocho 00/100 dólares americanos ($us. 4.473.708.-) que no serán utilizados, sean transferidos al tramo Campanario - La Mamora, debiendo el Servicio Nacional de Caminos suscribir los respectivos contratos ampliatoris con el contratista y constructor que actualmente ejecuta la obra.


Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Rubén E. Poma Rojas, Gonzalo Molina Ossio, Roger Pinto Molina, Luis Llerena Gámez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ,
Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Herbert Müller Costas, Jorge Pacheco Franco.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1925, 2 de diciembre de 1998
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba el Contrato de Préstamo con la CAF, por el monto de $us. 4.473.708.- que no serán utilizados, sean transferidos al tramo Campanario - La Mamora
KeywordsLey, diciembre/1998
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1925
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Rubén E. Poma Rojas, Gonzalo Molina Ossio, Roger Pinto Molina, Luis Llerena Gámez. Fdo. HUGO BANZER SUAREZ,
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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