Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para que por intermedio de la Prefectura de La Paz, contraiga un préstamo de Bs. 30,000.-, destinado a la prolongación del camino de autos de Cacani a Luribay.
Artículo 2°.- El servicio de intereses y amortización se hará con los fondos provenientes de los siguientes impuestos:
a)--con el de Bs. 0.30 centavos sobre quintal de vino mosto producido en la provincia Loayza y
b)--con un recargo del 20% sobre el actual impuesto catastral de la misma provincia.
Artículo 3°.- Estos impuestos durarán solo mientras subsista la deuda, quedando cancelados de pleno derecho en cuanto se verifique el pago.
Norma | Bolivia: Ley de 26 de noviembre de 1924 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Préstamo.- Se autoriza contraerlo con destino al camino de Camino de Cacani a Luribay. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1924 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | JOSÉ Q. MENDOZA.- David Alvestegui. Manuel Mogro Moreno, S. S. Bernardo Navajas Trigo, D. S.- F Capriles, D. S. B. SAAVEDRA.- R. Villanueva. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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