Artículo Único.- Apruébase el tratado de extradición subscrito en Río de Janeiro el 3 de junio de 1918 por don José Carrasco Ministro Plenipotenciario de Bolivia y el Excmo. don Nilo Pecanha Ministro de Relaciones Exteriores del Brasil.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 9 de octubre de 1924.
JOSÉ Q, MENDOZA.- David Alvéstegui. Manuel Mogro Moreno, S. S.- Bernardo Navajas Trigo, D. S.- E Capriles, D. S.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de octubre de mil novecientos veinticuatro años.
B. SAAVEDRA.- Román Paz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 14 de octubre de 1924
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioTratado.- Se aprueba el de extradición con el Brasil.
KeywordsLey, octubre/1924
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJOSÉ Q, MENDOZA.- David Alvéstegui. Manuel Mogro Moreno, S. S.- Bernardo Navajas Trigo, D. S.- E Capriles, D. S. B. SAAVEDRA.- Román Paz.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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