Artículo 1°.- En el Presupuesto Nacional de 1924, se asigna la partida de diez mil bolivianos, para celebrar el tercer centenario de la fundación de la Universidad Mayor de San Francisco Javier de la capital de la República, el 27 de marzo de 1924.

Artículo 2°.- Se vota además la suma de cinco mil bolivianos para el premio de un concurso histórico o literario, cuya convocatoria corresponde a la expresada Universidad.


Comuníquese al poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional
La Paz, 26 de diciembre de 1923
SEVERO F. ALONSO.- Pedro Gutiérrez.
F. Guzmán, S. S.- Julio Pantoja Estenssoro, D. S. J. Ml. Balcázar, D. S.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, La Paz, a 29 días del mes de diciembre de 1923 años.
B. SAAVEDRA.- J. G. Villanueva.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 29 de diciembre de 1923
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioUniversidad Mayor de San Francisco Javier.- Partida para celebrar su tercer centenario.
KeywordsLey, diciembre/1923
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorSEVERO F. ALONSO.- Pedro Gutiérrez. F. Guzmán, S. S.- Julio Pantoja Estenssoro, D. S. J. Ml. Balcázar, D. S. B. SAAVEDRA.- J. G. Villanueva.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.