Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo a contratar un préstamo interno hasta la suma de un millón ochocientos mil bolivianos (Bs. 1.800, 000.- ) con el interés corriente en plaza y amortización que no baje del dos por ciento, destinado a la pavimentación de la ciudad de La Paz en un área que permita dicha cantidad.
Artículo 2°.- Es de cargo de los propietarios el pago de las aceras en la extensión del frontis de sus respectivas casas, y del fisco el pago de la valor de la calzada.
Artículo 3°.- Hecho el trabajo el fisco pasará a los propietarios las cuentas de sus respectivas cuotas formuladas por los ingenieros encargados de la obra, las que deberán ser pagadas en el plazo de un mes, dando lugar su incumplimiento al respectivo pliego de cargo y ejecución coactiva.
Artículo 4°.- Para la amortización y pago de intereses del préstamo quedarán afectos los siguientes rendimientos:
Artículo 5°.- Se Crea, además, los siguientes impuestos obligatorios desde la promulgación de la presente ley:
Artículo 6°.- El Poder Ejecutivo queda facultado para cobrar la cuota de la presentación vial a razón de dos bolivianos por jornal, y a tomar todas las medidas más conducentes para el cobro efectivo de este impuesto.
Artículo 7°.- Queda, asimismo, autorizado el Poder Ejecutivo para licitar los impuestos creados por esta ley, para administrarlos directamente o para entregar su recaudación a los que concedan el préstamo como garantía del servicio que reconoce.
Artículo 8°.- El Ejecutivo reglamentará la presente ley.
Norma | Bolivia: Ley de 26 de noviembre de 1923 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Préstamo.- Autorízase a la Prefectura de La Paz, para que contrate uno de un millón ochocientos mil bolivianos, con destino a la pavimentación de las calles de La Paz. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1923 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Severo F. Alonso.- Pedro Gutiérrez F. Guzmán, S. S.- J. Ml. Balcázar, D. S.- E. Lima L, Secretario ad-hoc. B. SAAVEDRA.- R. Villanueva, | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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