Artículo Único.- Se prorroga hasta el 31 de diciembre del año en curso la vigencia de todos los impuestos que rigen actualmente, salvando las supresiones o modificaciones que sean sancionadas por la presente legislatura.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.-
La Paz, 18 de octubre de 1923.
Severo Fernández ALONSO.- Pedro Gutiérrez.
Antonio L. Velasco, S. S. accidental.- Julio Pantoja Estenssoro, D. S.- Juan Manuel Balcázar, D. S.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a 20 días del mes de octubre de 1923.
Bautista SAAVEDRA.- C. Zalles.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 20 de octubre de 1923
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioImpuestos.- Prorrógase la vigencia de todos los que rigen, hasta el 31 de diciembre de este año.
KeywordsLey, octubre/1923
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorSevero Fernández ALONSO.- Pedro Gutiérrez. Antonio L. Velasco, S. S. accidental.- Julio Pantoja Estenssoro, D. S.- Juan Manuel Balcázar, D. S. Bautista SAAVEDRA.- C. Zalles.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.